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ARCA modificó los requisitos para acceder al régimen simplificado de Ganancias y habilitó nuevas adhesiones
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó este lunes 26 de octubre la Resolución General 5916/2026, que establece nuevos procedimientos para acceder al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias. La medida permite que determinados contribuyentes que ya presentaron su declaración por el régimen general puedan optar por la modalidad simplificada. El plazo especial de presentación correspondiente al período fiscal 2025 vence el viernes 30 de octubre.
Por: Redacción de Mercurio Noticias

Lunes, 26 de Octubre del 2026 - 11:48 hs.
ARCA modificó los requisitos para acceder al régimen simplificado de Ganancias y habilitó nuevas adhesiones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este lunes una modificación del Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, mediante la Resolución General 5916/2026. La disposición adecua los procedimientos administrativos a los cambios introducidos por la Ley 27.826 y el Decreto 1253/2026, reglamentado la semana pasada. La normativa alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en el régimen y se aplica a las declaraciones juradas del período fiscal 2025 y siguientes.

Entre las modificaciones se establece que los contribuyentes que presentaron Ganancias 2025 mediante el régimen general podrán adherir a la modalidad simplificada, siempre que cumplan los requisitos correspondientes. Para ello deberán presentar una nueva declaración bajo esa modalidad antes del vencimiento especial. Si de la presentación surge una diferencia a favor del organismo recaudador, deberá regularizarse con los intereses correspondientes, de acuerdo con las condiciones establecidas.

La resolución también modifica los procedimientos de adhesión y ratificación anual. Quienes ya habían optado por el sistema simplificado durante 2025 deberán verificar si corresponde convalidar su inscripción, ya que la falta de ese trámite puede implicar el desistimiento de la opción. Asimismo, se establecen condiciones particulares para los Grandes Contribuyentes Nacionales y determinados funcionarios públicos, que podrán utilizar la modalidad para presentar y pagar, pero sin acceder a todos los beneficios del régimen.