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El Día del Empleado de Comercio se trasladó al lunes: cómo funcionará la actividad
FAECYS y las cámaras empresarias CAC, CAME y UDECA acordaron trasladar al lunes 28 de septiembre la conmemoración que legalmente corresponde al 26. Para los trabajadores comprendidos en el convenio mercantil, la jornada tendrá los alcances de un feriado nacional. Los establecimientos no están obligados a cerrar.
Por: Redacción de Mercurio Noticias

Domingo, 27 de Septiembre del 2026 - 15:07 hs.
El Día del Empleado de Comercio se trasladó al lunes: cómo funcionará la actividad

Los trabajadores mercantiles celebrarán este lunes 28 de septiembre el Día del Empleado de Comercio, luego del acuerdo firmado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias CAC, CAME y UDECA para trasladar la conmemoración, que por ley corresponde al 26 de septiembre.

La jornada tendrá para los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 los mismos efectos laborales que un feriado nacional, aunque los comercios no estarán obligados a permanecer cerrados. 

El acuerdo fue firmado el 7 de septiembre de 2026 y estableció excepcionalmente para este año trasladar la celebración desde el sábado 26 al lunes 28.

La Ley Nacional Nº 26.541 establece el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio y dispone que los trabajadores mercantiles no presten tareas en esa fecha, asimilándola a los feriados nacionales a todos los efectos legales. Para 2026, las partes del convenio colectivo acordaron trasladar esos efectos al lunes. 


¿Los comercios tienen que cerrar?



El acuerdo no obliga al cierre de los establecimientos comerciales.

Los locales podrán funcionar cuando sean atendidos por sus propietarios o cuando cuenten con empleados comprendidos en el convenio que acepten trabajar durante esa jornada, según informó la Cámara Argentina de Comercio y Servicios.

De esta manera, la situación puede variar entre los distintos negocios de San Salvador y la región, dependiendo de la modalidad que adopte cada establecimiento.


Qué pasa si un empleado trabaja el lunes



Al tratarse de una jornada asimilada legalmente a un feriado nacional, quienes presten servicios deberán recibir la remuneración correspondiente al día más una cantidad igual, es decir, un recargo del 100 por ciento por esa jornada.

La Ley de Contrato de Trabajo establece esa forma de liquidación para las tareas realizadas durante feriados nacionales.

En cambio, para los empleados alcanzados por el acuerdo que no trabajen, el descanso del lunes no debe generar descuentos en su remuneración habitual, de acuerdo con lo informado por la CAC.

Otro punto expresamente establecido en el acuerdo indica que el lunes 28 no podrá ser otorgado como franco compensatorio del descanso semanal.

Esto significa que la conmemoración del Día del Empleado de Comercio no reemplaza el franco que corresponda al trabajador por su esquema habitual de descanso.


El acuerdo fue firmado por gremio y cámaras empresarias



El entendimiento alcanzado para 2026 fue suscripto por representantes de FAECYS, por el sector sindical, y de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) por la representación empresaria.

Por lo tanto, este lunes 28 de septiembre tendrá un funcionamiento particular para el sector mercantil: algunos negocios podrán permanecer cerrados y otros abrir, pero para los trabajadores comprendidos en el CCT 130/75 regirán las condiciones especiales previstas para su día.