A través de la Resolución Conjunta 50/2025, publicada en el Boletín Oficial de la Nación, se oficializó la incorporación del fruto de la palmera Butia Yatay al Código Alimentario Argentino (CAA). La medida fue firmada por la Secretaría de Gestión Sanitaria y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, en respuesta a una solicitud realizada en 2024 por el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de Entre Ríos ante la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL). El fruto fue incluido en el artículo 888 del Capítulo XI - "ALIMENTOS VEGETALES" del CAA.
Esta resolución establece un marco regulatorio para la comercialización del yatay en Argentina, promoviendo la conservación de especies nativas, el respeto a la soberanía alimentaria y la valorización de tradiciones locales. Originaria de Sudamérica, la palmera yatay es típica de provincias como Corrientes, Santa Fe y Entre Ríos, donde se encuentra de manera natural en varios departamentos.
El fruto del yatay, reconocido por su sabor ácido-dulce y su textura fibrosa, puede ser consumido fresco o utilizado en diversas preparaciones culinarias. Estudios realizados por instituciones científicas y académicas han destacado sus propiedades nutricionales, incluyendo compuestos bioactivos como polifenoles, carotenos, vitamina C y potasio. Además, hay evidencia histórica de su consumo por parte de comunidades originarias.
La oficialización del yatay como alimento no solo fomenta el desarrollo de nuevos productos alimenticios e innovaciones tecnológicas, sino que también fortalece proyectos de inclusión social y el crecimiento económico regional, especialmente en Entre Ríos.