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RÉGIMEN SIMPLICADO
Actualizaron las escalas del monotributo con un aumento que supera el 100%
Ante este escenario, la AFIP estudia prorrogar la fecha para las recategorizaciones, que originalmente vencía este lunes 22 de enero.
Jueves, 18 de Enero del 2024 - 21:25 hs.
Actualizaron las escalas del monotributo con un aumento que supera el 100%

Hay que recordar que los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Para saber si hay que cambiarse de categorías o excluirse del régimen se deben considerar los ingresos brutos del último año y analizar si estos superan o se ubican por debajo de los nuevos topes establecidos por AFIP.

Los contribuyentes incluidos en la categoría A con ingresos brutos de hasta $2.108.288,01 mensuales pagarán $12.128,39, y los de la categoría B, cuyo tope será de $3.133.941,63, deberán aportar cada $13.561,75. En tanto, para los de la categoría C el límite de ingresos fijado por la AFIP es de $4.387.518,23 y deberán aportar $15.241,42 por mes. En cuanto a los topes de ingresos brutos para las categorías D y E, estos serán de $5.449.094,55 y $6.416.528,72, respectivamente, con un aporte de $ 19.066,46 y $ 24.526,43 por mes en cada caso. En lo que refiere a la categoría F, el monto máximo será de $8.020.661,11 y los contribuyentes deberán aportar mensualmente $29.223,11. La categoría G tendrá un tope de ingreso mensual de $ 9.624.793,31, por lo cual el organismo recaudador fijó un aporte mensual de $ 33.439,61. Respecto de las categorías H e I, los nuevos topes serán de $11.916.410,77 y de $13.337.213,57, respectivamente, y el contribuyente deberá aportar $56.402,68 y $81.121,96. Por último, los nuevos valores para las dos categorías más altas quedaron fijados en $93.619,47 para la J y en $106,964,65 para la K, con un límite de ingresos de $15.285.088,45 y $16.957.969,16, respectivamente.

Cabe recordar que los parámetros a considerar en la recategorización son: los ingresos brutos, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados, todos acumulados en los últimos 12 meses, y la superficie afectada a la actividad.