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CONCEJO DELIBERANTE
Boliches y fiestas privadas: probarán con dejar sin tope de horario de cierre
En la sesión del Concejo Deliberante de San Salvador desarrollada en la noche de este miércoles, los concejales votaron a favor la ordenanza mediante la cual disponen eliminar el tope del horario de cierre de los boliches hasta el 31 de agosto. Esto será una prueba piloto que puede cambiar de un momento para otro.
Por: Nelson Lalanda, editor responsable de MN

Jueves, 28 de Abril del 2022 - 19:14 hs.
Boliches y fiestas privadas: probarán con dejar sin tope de horario de cierre
Concejo Deliberante de San Salvador.

En efecto, la ordenanza manda a que se suspenda hasta el 31 de agosto de 2022, la restricción horaria prevista en el Artículo 4º de la Ordenanza 1153/2013, en lo referido a la finalización del horario de locales bailables en días inhábiles o vísperas de feriado.
Es decir, que los boliches podrán extenderse más allá de las 6:00 de la mañana, que era el horario de cierre fijado. Por el momento, no hay tope horario, pero esta situación puede cambiar.
Al ser una prueba piloto, los concejales le dieron vía libre al Ejecutivo municipal para que reglamente o no esta ordenanza  y sea el intendente quien decida cuál será el tope de horario. Al respecto, MERCURIO NOTICIAS consultó al presidente municipal, Lucas Larrarte, cuál iba a ser su decisión. Sobre la cuestión dijo que es probable que prueben un fin de semana sin fijar un tope horario para ver cómo funciona y cómo es el comportamiento de quienes concurren a lugares bailables.
Cabe recordar que la intención de la ordenanza es contener a los, sobre todo, jóvenes que luego de las 6:00 de la mañana termina de “after” en los lugares públicos de la ciudad. Es preferible que queden dentro del boliche a que anden deambulando por las calles, se señaló en su momento.
Si bien esta ordenanza aún no entrará en vigencia este fin de semana, debido que falta su promulgación, la intención del intendente es reunirse con los dueños de boliches y jefes policiales para consensuar una hora de cierre, aunque deslizó que podría dejarlo a libre decisión de los privados.
El Artículo 2 de la ordenanza no es menos importante: “Una vez finalizado dicho plazo, se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal la realización de un informe con los resultados obtenidos, para evaluar su implementación definitiva o propuestas de modificación, en acuerdo con el Concejo Deliberante”.
Es decir, el Ejecutivo tendrá que informarle al Concejo si la ordenanza sirvió de algo o no.
Desde ya la ordenanza no solamente corre para boliches bailables sino que será aplicable a fiestas privadas en salones.