Se prohíbe la realización de espectáculos públicos, sociales, culturales y deportivos a partir de las 8:00 del día de la elección y hasta pasadas tres horas de su finalización.
Los restaurantes, supermercados y confiterías, pueden mantener abiertas sus puertas al público hasta las 03:00 del día domingo, con un aforo del 70 por ciento, debiendo en todos los casos abstenerse del expendio de bebidas alcohólicas. Idéntico comportamiento deberán observar los propietarios de kioscos.
El día domingo podrán abrir sus puertas desde las 08:00 hasta las 18:00, los supermercados, kioscos, etc, sin el expendio de bebidas alcohólicas.
Los locales bailables y clubes nocturnos deberán permanecer cerrados al público desde las 00:00 horas hasta las 21:00 del día de los comicios.
En relación a las fiestas privadas cabe consignar que dichas celebraciones, tal el caso de cumpleaños, casamientos, etc., realizados en casa de familia, clubes o lugares habilitados a tal fin, y a puertas cerradas, quedan exentas de tales prohibiciones.