
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) aprobó mediante la Resolución 385/2026, fechada el 23 de octubre, un nuevo régimen general y permanente para regularizar deudas correspondientes a tributos provinciales, intereses y multas. La disposición comenzará a aplicarse el lunes 2 de noviembre y reemplazará los regímenes establecidos por las resoluciones 24/17 y 292/18, aunque los planes anteriores continuarán vigentes hasta su cancelación o caducidad.
Para las obligaciones tributarias generales, el organismo permitirá acceder a planes de 3, 6, 12, 18 o 24 cuotas mensuales, con un anticipo mínimo equivalente al cinco por ciento de la deuda consolidada. Los importes mínimos varían según el plazo elegido: desde $30.000 de anticipo y cuota para planes de tres pagos, hasta $200.000 de anticipo y cuotas de $150.000 para la modalidad de 24 meses.
La normativa también contempla financiación especial de hasta 36 cuotas para determinadas deudas surgidas de fiscalizaciones o para obligaciones generales cuyo monto consolidado supere los 20 millones de pesos. En esos casos, la modalidad más extensa exige un anticipo mínimo de $350.000 y cuotas de al menos $300.000. Las tasas de financiación estarán vinculadas con el interés resarcitorio vigente y la adhesión no implica condonación automática de capital, multas o intereses.
Los contribuyentes deberán gestionar los planes mediante los servicios digitales de ATER, ARCA o Mi Entre Ríos, según corresponda, y abonar el anticipo para formalizar la adhesión. Las cuotas vencerán el día 10 de cada mes y el incumplimiento podrá provocar la caducidad del acuerdo. La resolución también establece condiciones especiales para agentes de retención y percepción, límites de adhesión y requisitos de identificación fiscal.