30/10/2026  -  Provinciales
IMPUESTOS PROVINCIALES
ATER habilitará desde noviembre nuevos planes para regularizar deudas de impuestos en hasta 36 cuotas
La Administradora Tributaria de Entre Ríos aprobó un régimen permanente de financiación para deudas impositivas provinciales, con planes generales de hasta 24 cuotas y modalidades especiales de hasta 36. La medida comenzará a regir el lunes 2 de noviembre y establece anticipos, importes mínimos y tasas de interés según el tipo de obligación.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) aprobó mediante la Resolución 385/2026, fechada el 23 de octubre, un nuevo régimen general y permanente para regularizar deudas correspondientes a tributos provinciales, intereses y multas. La disposición comenzará a aplicarse el lunes 2 de noviembre y reemplazará los regímenes establecidos por las resoluciones 24/17 y 292/18, aunque los planes anteriores continuarán vigentes hasta su cancelación o caducidad.

Para las obligaciones tributarias generales, el organismo permitirá acceder a planes de 3, 6, 12, 18 o 24 cuotas mensuales, con un anticipo mínimo equivalente al cinco por ciento de la deuda consolidada. Los importes mínimos varían según el plazo elegido: desde $30.000 de anticipo y cuota para planes de tres pagos, hasta $200.000 de anticipo y cuotas de $150.000 para la modalidad de 24 meses.

La normativa también contempla financiación especial de hasta 36 cuotas para determinadas deudas surgidas de fiscalizaciones o para obligaciones generales cuyo monto consolidado supere los 20 millones de pesos. En esos casos, la modalidad más extensa exige un anticipo mínimo de $350.000 y cuotas de al menos $300.000. Las tasas de financiación estarán vinculadas con el interés resarcitorio vigente y la adhesión no implica condonación automática de capital, multas o intereses.

Los contribuyentes deberán gestionar los planes mediante los servicios digitales de ATER, ARCA o Mi Entre Ríos, según corresponda, y abonar el anticipo para formalizar la adhesión. Las cuotas vencerán el día 10 de cada mes y el incumplimiento podrá provocar la caducidad del acuerdo. La resolución también establece condiciones especiales para agentes de retención y percepción, límites de adhesión y requisitos de identificación fiscal.

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